Notas post elección judicial
Se sancionará el incumplimiento de las reglas por parte de las personas que se candidatearon para vigilar el cumplimiento de las leyes?
Como sabemos, el domingo pasado se realizó la primera elección judicial en nuestro país. Muy probablemente esta semana hayan visto, igual que yo, dos versiones radicalmente diferentes de lo que vimos. Por un lado, la versión oficialista, que resalta el éxito de la elección judicial, porque cerca de 13 millones de personas votaron para elegir al que llaman un poder judicial más democrático porque fue electo por el pueblo. Por otro lado, la versión de la oposición, que resalta que esos 13 millones corresponden a una participación de apenas el 13% de la lista nominal, que buena parte de esos votos corresponden a los acordeones que fueron repartidos para que la gente votara por las candidaturas afines al oficialismo, que se registraron candidaturas de personas con vínculos partidistas y vínculos con el crimen organizado. En otras palabras, parece que vimos dos elecciones diferentes, o que vivimos en países diferentes. Así de polarizado está todo.
Hay quienes nos encontramos en medio. Personalmente, sí voté, pero no porque estuviera de acuerdo con la elección judicial, sino porque este no era un plebiscito para ver si estábamos de acuerdo o no, era la elección y los resultados se harán valer independientemente del número de personas que hayan votado. Además de eso, deberíamos considerar que el número de votos nulos superó a los votos de las candidaturas más altas. Y aquí hago un paréntesis para recordar que, tantos años después, ya deberíamos haber entendido el mensaje y nuestros sistemas electorales deberían saber qué hacer con los votos nulos, más allá de contarlos, que es lo que siempre se hace; que haya ganado el voto nulo, como mensaje de protesta, ¿no nos debería llevar a replantear la elección? También es importante apuntar que la presencia de acordeones se dio tanto a nivel federal como a nivel estatal y si, como señalan algunas notas, estos coinciden con las y los ganadores, estamos ante un poder judicial afín al gobierno federal y a los gobiernos estatales, lo cual se traduce en la pérdida de contrapesos.
Me gustaría traer a cuento la publicidad en plataformas digitales. Esta semana, el Observatorio Electoral Judicial presentó el informe especial “Gasto en redes sociales de candidaturas, una infracción constante en la Elección Judicial de 2025”. En este informe presentan los resultados finales de un informe previo sobre los recursos aplicados a redes sociales, en relación con la intención de voto. Se reportaron tres aspectos clave: el análisis de anuncios políticos en plataformas de Meta (Facebook, Instagram, Messenger y Threads); la identificación de perfiles no auténticos utilizados para promocionar candidaturas; y el monitoreo de encuestas publicadas sin cumplir con los requisitos de transparencia establecidos por la autoridad electoral.
De acuerdo con el Observatorio, su análisis evidencia “el uso masivo de publicidad pagada en redes sociales mediante terceros (97.5% de los casos), la operación de estructuras digitales no orgánicas para favorecer candidaturas específicas, y la difusión sistemática de encuestas sin sustento metodológico. Estas prácticas, además de contravenir lo establecido en los artículos 199 de la LGIPE [Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales] y 136 del Reglamento de Elecciones del INE, generan asimetrías que comprometen el principio de equidad en la contienda”. Esto es grave y va más allá de las percepciones a partir de las posiciones ideológicas. Las cuestiones son: ¿Qué va a pasar con esta información? ¿Se archivará y ya? ¿Se sancionará el incumplimiento de las reglas por parte de las personas que se candidatearon para vigilar el cumplimiento de las leyes?
El Informe Especial: Gasto en redes sociales de candidaturas, una infracción constante en la Elección Judicial de 2025, del Observatorio Electoral Judicial, puede consultarse en: https://a.storyblok.com/f/311396/x/7476ffeae5/informe-especial_pautas-publicitarias-oej-06-03-25.pdf
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