Trump impugnará fallo de Tribunal que frena sus aranceles a importaciones: Sheinbaum
Se deben analizar los alcances del fallo en contra de la política arancelaria trumpista
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum confirmó este jueves 29 de mayo que el gobierno de Donald Trump impugnará el fallo del Tribunal de Comercio Internacional que frena los aranceles impuestos por Estados Unidos a diversos países del mundo, entre ellos sus aliados comerciales: México y Canadá, así como a China.
En conferencia de prensa, la mandataria no compartió su postura final sobre esta decisión anunciada el miércoles pero advirtió que todavía se deben esperar los efectos de la resolución.
Sheinbaum dijo que su gobierno espera que la Secretaría de Economía, encabezada por Marcelo Ebrard, ofrezca un análisis de los detalles y los impactos que podría tener esta decisión judicial.
“Vamos a ver hasta dónde tiene alcance, ayer conocimos esta resolución (...) sabemos que el gobierno de Estados Unidos va a poner una contrademanda, entonces vamos a ver el alcance”, replicó a la prensa.
Cabe recordar que, un tribunal federal de comercio le prohibió el miércoles al presidente estadounidense Donald Trump imponer amplios aranceles generalizados al amparo de una ley de poderes de emergencia, poniendo rápidamente en duda el conjunto de políticas económicas emblemáticas del mandatario que han sacudido los mercados financieros globales, frustrado a los socios comerciales y aumentado los temores más amplios sobre la intensificación de la inflación y la caída de la economía.
El fallo de un panel de tres jueces en el Tribunal de Comercio Internacional con sede en Nueva York se produjo después de que se interpusieron varias demandas en las que se argumenta que los aranceles del "Día de la Liberación" de Trump han excedido su autoridad, dejando la política comercial de Estados Unidos dependiente de sus caprichos.
Trump aún podría implementar durante 150 días impuestos del 15% a las importaciones sobre naciones con las que Estados Unidos tiene un déficit comercial sustancial. El fallo señala que un presidente tiene esta autoridad al amparo de la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974.
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