SCJN ordena a la FGR hacer pública la carpeta del caso Ayotzinapa
En casos relacionados con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, la información no puede ser considerada como reservada.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Fiscalía General de la República (FGR) deberá mostrar la versión pública de la carpeta de investigación sobre la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurrida en septiembre de 2014.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros avalaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien argumentó que, en casos relacionados con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, la información no puede ser considerada como reservada.
La sentencia ratifica la resolución previamente emitida por el extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que en febrero de 2023 ordenó a la FGR entregar dicha información en su micrositio del Caso Iguala, donde ya existen diversos tomos abiertos al público.
La resolución fue impugnada tanto por la FGR como por tres presuntos exsicarios: Agustín García Reyes ("El Chereje"), Salvador Reza Jacobo ("El Lucas") y Patricio Reyes Landa ("El Pato"), quienes fueron señalados de haber participado en el secuestro y desaparición de los normalistas. Aunque en la administración anterior fueron liberados tras acreditarse violaciones al debido proceso, en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador fungieron como testigos colaboradores.
Los quejosos argumentaron que la publicidad de la carpeta podría poner en riesgo su vida, salud y seguridad, al no habérseles permitido participar en el proceso para verificar qué tipo de información sería divulgada. No obstante, la Primera Sala desestimó estos argumentos al considerar que no tienen derecho a oponerse al acceso a dicha información, en virtud del principio de máxima publicidad y el carácter de interés público que reviste el caso.
"El ejercicio del derecho de acceso a la información, en los casos que versen sobre violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, no admite clasificación como reservada", señala el fallo.
Asimismo, se reiteró que los datos personales serán testados en la versión pública, conforme a los lineamientos establecidos por la autoridad responsable, garantizando así un equilibrio entre la transparencia y la protección de datos confidenciales.
Cabe destacar que uno de los tres testigos, "El Pato", fue asesinado la semana pasada en su domicilio en Jilotepec, Estado de México.
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