Sanciones por actos indebidos en el Metro de la CDMX: lo que establece la ley
Ciudad de México - La Policía Auxiliar de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) detuvo recientemente a cuatro hombres en dos incidentes separados dentro de estaciones de la Línea 7 del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro, presuntamente por realizar actos sexuales en espacios públicos.
El primer caso ocurrió en la estación Tacuba, donde dos hombres fueron sorprendidos en el último vagón del tren. El segundo incidente se registró en la estación Refinería, luego de que usuarios alertaran sobre la presencia de otros dos individuos en situaciones similares. En ambos casos, los detenidos fueron puestos a disposición del Juez Cívico, quien determinará las sanciones correspondientes.
Aunque no existe una legislación específica que prohíba expresamente las relaciones sexuales en el Metro, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece que estas acciones pueden considerarse faltas administrativas cuando afectan la dignidad, tranquilidad o seguridad ciudadana. Las sanciones pueden incluir amonestaciones, multas de una a 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), arrestos de seis a 12 horas o trabajo comunitario de tres a seis horas.
El último vagón del Metro, conocido como un espacio de interacción social, ha sido escenario de varios incidentes similares. Sin embargo, cualquier acto sexual en espacios públicos como el transporte colectivo, parques o plazas puede derivar en sanciones. En casos de agresión sexual, las penas pueden agravarse con multas más altas y mayores periodos de arresto.
El artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica establece que la exhibición de órganos sexuales con la intención de molestar o agredir a terceros es una infracción que puede ser castigada con arrestos de 13 a 24 horas y multas de hasta 40 UMAs. No obstante, para que estas sanciones sean aplicadas, es necesario que una persona afectada presente una queja formal.
El Metro de la Ciudad de México cuenta con reglamentos que regulan el comportamiento de los usuarios y establecen medidas disciplinarias ante faltas administrativas. Cualquier conducta que altere la tranquilidad o seguridad en estos espacios puede ser motivo de sanción bajo la normativa vigente.
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