Corte declara constitucional la reforma que declara al litio patrimonio de la nación

La reforma declara la utilidad pública del litio.

Litio
Última actualización:  |  Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de la reforma a la Ley Minera que establece al litio como patrimonio de la nación, reservando al Estado de manera exclusiva su exploración, explotación y aprovechamiento.

Por unanimidad del Pleno, la Corte validó los artículos 1, 5 Bis y 10 de la legislación, impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador en 2022, tras ser impugnada por senadores de oposición mediante una acción de inconstitucionalidad.

La ministra Sara Irene Herrerías Guerra, ponente del proyecto, propuso declarar la validez de la reforma. Señaló que los quejosos alegaban que la declaración del litio como recurso estratégico y la prohibición de concesiones requerían una reforma constitucional. Sin embargo, subrayó que la reforma constitucional del 31 de octubre de 2024 incorporó al litio como área estratégica, prohibiendo expresamente el otorgamiento de concesiones.

"Este cambio implica una modificación del parámetro de regularidad constitucional que valida plenamente el régimen legal impugnado y las disposiciones legales no exceden la Constitución, sino que la desarrollan", dijo la ministra.

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, había propuesto sobreseer el recurso argumentando que la reforma constitucional de 2024 otorgaba supremacía al litio como recurso estratégico, por lo que los efectos de la acción ya habían cesado. Sin embargo, siete ministros consideraron que la impugnación seguía vigente y debía resolverse, obligando a Aguilar Ortiz y a la ministra María Estela Ríos González a pronunciarse a favor de la validez de los artículos.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa también respaldó la decisión, declarando infundados los argumentos de los legisladores de oposición y precisando los artículos específicos de la Ley Minera sujetos a revisión: los artículos 1, 5 Bis, 9 (párrafo primero), 10 (párrafos primero y tercero) y el artículo tercero transitorio.

La reforma declara la utilidad pública del litio, impidiendo la otorgación de concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones a particulares. Además, establece que las zonas con yacimientos de litio serán consideradas reservas mineras.

El Servicio Geológico Mexicano auxiliará al organismo público encargado de la explotación del litio en la identificación y reconocimiento de áreas geológicas con reservas probables. La norma también establece que el Estado tiene la obligación de proteger la salud de la población, el medio ambiente y los derechos de pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas en todas las actividades relacionadas con el litio y sus cadenas de valor.

Con esta resolución, México consolida el control estatal sobre uno de los recursos estratégicos más demandados a nivel mundial, alineándose con la política impulsada durante la administración de Andrés Manuel López Obrador y con la reforma constitucional de 2024 que elevó al litio a recurso estratégico nacional.

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