Van por reforma para evitar lagunas en la violencia vicaria
LO ANTERIOR, TRAS LA REFORMA A LEYES FEDERALES
En el Poder Legislativo presentan iniciativa para evitar que por los cambios a nivel federal, se puedan generar lagunas en la aplicación de la ley en contra de las personas que comentan el delito de violencia vicaria.
En Aguascalientes, desde 2023, se tipificó este delito que consistía en la acción u omisión dirigida hacia las hijas y/o los hijos de la víctima, cometida por quien mantenga o haya mantenido una relación de hecho, concubinato o matrimonio con la misma, y que le cause un daño o afectación física, psicoemocional o económica, con el objeto de romper el vínculo filial parental entre el sujeto pasivo y sus hijas y/o hijos.
La pena por este delito es de 1 a 4 años de prisión, el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados y el sometimiento a tratamiento psicológico para la reinserción social.
Sin embargo, en enero de 2024 se reformaron; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal, en donde se nombró a este delito como “violencia a través de interpósita persona”.
Y este delito se define como; cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio.
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