Van por prohibir cirugías estéticas en menores de edad

Sería el primer estado en prohibirlas por completo

cirugías
Última actualización:  |  Luigi Rivera

 

Tras la muerte de una adolescente en Durango al someterse a una cirugía de aumento de busto, al Congreso del Estado llega iniciativa para prohibir tajantemente las cirugías estéticas en menores de edad. 

Esta es la propuesta presentada por los diputados del PAN, Max Ramírez, Jetsi Sánchez, Arlette Muñoz, Humberto Montero y Adán Valdivia para modificar la Ley de Salud del Estado, para agregar todo un nuevo artículo en este sentido.

De acuerdo a la exposición de motivos de la iniciativa, a nivel federal no existe un marco legal que regule este tipo de actividades, lo que llevó a la muerte de la menor de 14 años, Paloma Nicole, lo que debe verse como un llamado urgente a legislar en la materia y evitar que esto vuelva a suceder.

Con respecto a lo que sucede en otras entidades, la propuesta señala que Jalisco exige requisitos estrictos, pero no hay prohibición, al igual que en la Ciudad de México y en el Estado de México, en donde se está legislando, pero no se contempla una prohibición como tal.

A nivel internacional, Francia tiene prohibición total en cirugías estéticas en menores y en otros como España, Australia, Reino Unido y Brasil hay controles estrictos.

Es por esto, que la reforma propuesta en Aguascalientes quedaría de la siguiente manera:

Artículo 226 Ter.- Queda prohibido la realización de procedimientos quirúrgicos de carácter estético o cosmético no reconstructivo a personas menores de dieciocho años de edad, aun con el consentimiento de sus padres, tutores o representantes legales. 

Se exceptúan de esta prohibición aquellos procedimientos que tengan una finalidad médica reconstructiva, derivados de accidentes, enfermedades, malformaciones congénitas, secuelas físicas relevantes o alteraciones funcionales debidamente acreditadas mediante dictámenes médicos y psicológicos emitidos por profesionales certificados. 

En los casos de excepción, será obligatorio: 

I. Contar con el consentimiento informado y por escrito de ambos padres o tutores legales. En caso de que alguno de ellos no pueda otorgarlo, deberá resolverse conforme a lo previsto por la legislación civil aplicable o mediante autorización judicial.

 

II. Obtener el asentimiento informado del menor, considerando su grado de madurez y comprensión, conforme a lo establecido por la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Aguascalientes.

 

III. Contar con dictamen médico emitido por especialista certificado, que justifique la necesidad médica del procedimiento.

 

IV. Acompañar dicho dictamen con una evaluación psicológica favorable que acredite que el procedimiento no genera un riesgo para la salud mental del menor.

Con respecto a las sanciones en contra de los que realicen estas cirugías, quedaría establecido de la siguiente manera:

Las clínicas, hospitales, consultorios o establecimientos que realicen este tipo de procedimientos en contravención a lo dispuesto en este artículo, serán acreedores a las sanciones administrativas correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que resulten aplicables.

-

Ahora puedes decir en voz alta "Alexa, reproduce Radio BI" y también escucharnos en Spotify.

Síguenos en FacebookInstagramWhatsAppXTikTok y YouTube. Mantente informado en tiempo real.

 

Cargando Minuto a Minuto...
Cargando Otras noticias...