Obligarán a padres y Estado a garantizar ciberseguridad de menores

La reforma es planteada por la bancada del PAN

ciberseguridad
Última actualización:  |  Luigi Rivera

Ante la realidad de que es Aguascalientes una de las entidades del país con más casos de ciberacoso y el descuido o desinterés de padres y madres de familia por resguardar la integridad y seguridad de sus hijos en redes sociales y el internet en general, es que se propone agregar un artículo en la ley, en donde se especifique su obligación de garantizar la ciberseguridad de los menores a su cargo.

 

Esto aunado a que el Estado también estará obligado a poner de su parte en este sentido de resguardo, garantía y protección.

 

En el papel esto es lo que se busca con la propuesta para modificar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, al agregar varios capítulos y artículos, presentada por la bancada del PAN.

 

De acuerdo a datos del INEGI, Aguascalientes se posiciona como una de las entidades del país con mayor incremento en los casos de ciberacoso durante el último año. Al respecto, los resultados del Módulo sobre Ciberacoso 2024, el 23. 7 por ciento de la población mayor de 12 años en el estado fue víctima de este delito digital, lo que significa un aumento del 31. 7 por ciento en comparación con 2023, cuando la cifra se ubicaba en 20.9 por ciento; lo que es calificado en la propuesta como preocupante.

 

En primer lugar, se crea el capítulo del: Derecho de Acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación en se incluye el artículo con las obligaciones del Estado en la materia:

 

Artículo 94 Quinquies.- El Estado garantizará el acceso y uso seguro del internet promoviendo políticas de prevención, protección, atención y sanción del ciberbullying, ciberacoso, ciberasedio, la suplantación de identidad, la difusión no consentida de información personal, diversas formas de manipulación algorítmica o exposición a contenidos nocivos y de todas las formas de violencia que causen daño a su intimidad, privacidad, seguridad o dignidad realizada mediante el uso de tecnologías de la información o la comunicación, sin afectar los derechos previstos en esta Ley. 

 

Asimismo, la autoridad estatal y municipal, dentro de su ámbito de competencia, fomentarán el conocimiento de los riesgos que representa la tecnología, así como su uso responsable, para una adecuada convivencia en plataformas virtuales o con contenido informático, para lo cual implementará políticas públicas, programas y protocolos de actuación que permitan identificar y atender oportunamente situaciones de riesgo; capacitar a madres, padres y personas cuidadoras; y formar a niñas, niños y adolescentes en el uso ético, crítico y responsable de las tecnologías.

 

Y en este mismo artículo se agregan las obligaciones de los padres y de quienes ejerzan la patria potestad de los menores:

 

Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda, custodia o personas cuidadoras tienen el deber de orientar y supervisar las conductas y hábitos de niñas, niños y adolescentes, que ayuden al uso responsable de los medios digitales para garantizar una mayor protección del interés superior de la niñez.

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