Obligan a anexos a atender ordenes de Protección Civil
Podrán ser vigilados y sancionados
Por increíble que parezca, los centros de rehabilitación de adicciones no estaban incluidos en la lista de entes obligados a cumplir con los lineamientos de Protección Civil, no obstante, esto fue subsanado tras aprobarse una reforma a la Ley de Protección Civil del Estado.
La propuesta que fue presentada por los diputados locales del PAN, Jetsi Sánchez, Adán Valdivia, Max Ramírez y Humberto Montero, consiste en agregar un nuevo artículo a dicho marco legal para quedar de la siguiente manera:
Artículo 116 BIS. Todas las instituciones o centros que realicen actividades de prevención, tratamiento, atención o reinserción social en materia de adicciones, deberán observar en lo conducente lo dispuesto en el presente Capítulo, y estarán sujetas a las revisiones y sanciones a que se hacen referencia los artículos 115 y 148 de la presente Ley.
Esto implica que a partir de la publicación de esta reforma en el Periódico Oficial del Estado, estos establecimientos deberán capacitar a su personal en materia de protección civil, practicar simulacros al menos dos veces al año, participar en los programas de protección civil, orientar a los usuarios de los centros de atención sobre los procedimientos y acciones a seguir en caso de que se presenten riesgos, emergencias, siniestros o desastres y ejecutar las medidas de seguridad, y en caso de no hacerlo, cumplir con las sanciones que les imponga la autoridad.
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