Funcionarios y candidatos que bloqueen perfiles o eliminen comentarios podrían ser sancionados
Acorde con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el internet, al ser un vehículo de comunicación entre el gobierno y la ciudadanía, no puede ser coartado por los funcionarios públicos o personas que aspiren a ostentar un cargo de representación popular.
Es lo que señala el abogado particular Manuel Fernando Díaz Rodríguez, quien explica que los funcionarios no pueden bloquear cuentas de redes sociales o eliminar comentarios, pues imposibilita la formación de un criterio o el desarrollo de un foro de opinión, apunta.
Tú y yo como ciudadanos podemos tener una vertiente privada; si bloqueamos a alguien, nadie nos puede obligar a desbloquearlos. Pero a un funcionario público sí, porque se vuelve lesivo entonces yo no me voy a enterar de las acciones que está tomando en su campaña y me imposibilita poder tener un criterio e, incluso, abrir un foro de opinión que para eso son las redes sociales. (…) Cuando nos bloquean nos están coartando el derecho al acceso a la información directamente porque el internet ya se entiende -y así lo reconoce la Suprema Corte- como un vehículo de comunicación entre gobernados y gobierno, entre candidatos y votantes.
Díaz Rodríguez puntualiza que esto está determinado siempre y cuando los usuarios de redes sociales no realicen algún tipo de amenazas, injurias, calumnias, coacción o incitación a la violencia dirigida al titular de la cuenta.
En este sentido, el abogado explica que toda persona tiene la posibilidad de promover un juicio de amparo, con lo que los representantes públicos podrían tener multas o, incluso, hasta perder su cargo.
Son multas significativas. Realmente lo importante es que ante el desacato del funcionario público a una sentencia, se actualiza que se le dé vista al Ministerio Público; también corresponde a un delito por desobedecer un mandato legítimo de autoridad y también se les quita el cargo. Eso es muy relevante, ¿no? Son de los instrumentos que permite la ley de amparo para presionar a las autoridades a que cumplan sus determinaciones.
Manuel Díaz comenta que en el caso de Aguascalientes, la población puede llenar un formato de la demanda, adjuntar evidencias, y presentarlo en los juzgados de distrito, en la oficina de partes, ubicada en la salida a Calvillo.
Aunque reconoce que es una tarea compleja para la población que no tiene conocimientos jurídicos o acceso a un representante legal, Manuel reitera que este tipo de prácticas están prohibidas, y el efectuar acciones legales marca un antecedente para la garantía de los derechos, concluye.
Ojalá fuera más fácil poder acudir al juicio amparo para obligar a las autoridades a que nos desloqueen, pero lo que tiene que tener en cuenta la gente es que no nos pueden bloquear; hay que exponerlo y dar conocimiento a la ciudadanía. Y también que las autoridades sepan que habemos ciudadanos que, cada que bloqueen a alguien, con mucho gusto vamos a promover amparos para obligarlos a que los desbloqueen, porque se tienen que enseñar a respetar la libertad de expresión y tienen que ser tolerantes a la crítica porque eso así se construye una democracia.
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