Especialistas explican el proceso que llevó al Dicasterio para la Doctrina de la Fe a sancionar a un exsacerdote en Aguascalientes
La difusión de una notificación del Obispado de Aguascalientes sobre la dimisión al estado clerical de un sacerdote generó diversas reacciones en medios y redes sociales. Por lo tanto, el ex sacerdote tiene prohibido administrar sacramentos, salvo la confesión en peligro de muerte, y el obispado pidió a los sacerdotes informar cualquier intento suyo de realizar labores pastorales.
Ha circulado en medios locales y redes sociales una notificación del Obispado de Aguascalientes al presbiterio diocesano informando sobre la resolución del Dicasterio para la Doctrina de la Fe de un sacerdote que fue dimitido al estado clerical, con lo cual no tiene permitida la administración de los sacramentos, salvo la confesión únicamente en peligro de muerte de una persona.
En el documento se invita a los sacerdotes a estar atentos ante el intento de realizar labores pastorales por parte del ex sacerdote, dando aviso al mismo obispo; aclarando que cuando se considere oportuno se dará a conocer a la feligresía.
El comunicado salió a la luz pública generando posturas a favor y en contra de tal resolución por parte del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, organismo de la Santa Sede.
Ante las dudas surgidas en torno al caso, BI Noticias consultó a especialistas en el tema, quienes explicaron que, para que un expediente llegue al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, antes debió seguir el procedimiento canónico correspondiente dentro de la Diócesis de Aguascalientes, donde ocurrieron los hechos, para posteriormente ser turnada a la Santa Sede para su análisis.
Esto implica que una denuncia fue recibida, investigada y remitida por las autoridades competentes del obispado para su valoración.
Es importante señalar que este dicasterio no suele trabajar, de manera ordinaria, los casos de pederastia u otros delitos similares, ya que estos se tramitan conforme a procedimientos específicos previstos por la Santa Sede.
Por ello, cuando un expediente es asumido por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, normalmente se debe a que involucra presuntos delitos contra la fe o abusos especialmente graves relacionados con los sacramentos, materias que forman parte de su competencia.
Si, tras el proceso canónico, el dicasterio resuelve imponer la pena de reducción al estado clerical, ello supone que la decisión fue adoptada con base en las pruebas y elementos reunidos durante la investigación, al tratarse de una de las sanciones más graves contempladas por el Derecho Canónico.
En la notificación no se detallan las causas que dieron origen a la resolución, por la naturaleza del proceso canónico.
