El incitar a que el público coree narco corridos, también es delito en Aguascalientes: Congreso
El delito se persigue de oficio
En Aguascalientes no se dejó espacio a que los cantantes de narcocorridos intentaran querer pasarse de listos, por lo que el incitar a que el público que asiste a estos eventos coreé las canciones que hacen apología del de la violencia también es delito, por lo que las autoridades estatales y municipales, pueden y deben aplicar la ley sin cortapisas.
Así lo señala la diputada local del PAN y coordinadora de la bancada mayoritaria, Alma Hilda Medina, luego de que en algunas partes del país, se haya presentado este tipo de situaciones.
La reforma avalada antes del inicio de la Feria Nacional de San Marcos 2025, es muy clara, pues el articulo añadido, el 178 E, señala que el provocar o incitar, como lo sería el invitar a que el público cante dichas canciones violentas, también se enmarca dentro del nuevo delito:
“Cornete el delito de provocación o apología del delito quien, mediante la difusión pública de imágenes, mensajes, expresiones, interpretaciones o representaciones que exalten, justifiquen o glorifiquen algún tipo penal de los contenidos en este Código, a personas vinculadas con la delincuencia organizada, al uso de armas prohibidas, al narcotráfico, a grupos delictivos o a la violencia contra la autoridad o la sociedad, a través de música, representaciones artísticas de cualquier tipo, o mediante cualquier otro medio expresivo, ya sea de forma presencial o mediante su transmisión por medios de comunicación o plataformas digitales, en el contexto de espectáculos abiertos al público, públicos o privados”.
En cuanto a las penalidades, la reforma al Código Penal incluye sentencias que van de los 6 meses a un año de prisión, para los que sean declarados culpables. Además, también se contemplan multas de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) que este 2025 son de 113 pesos con 14 centavos, es decir que las sanciones económicas para los sentenciados serían de 56 mil 570 pesos a poco más de 113 mil pesos.
Pero “en caso de que el delito instigado se lleve a cabo, se impondrá al responsable la pena prevista para el delito consumado, en atención a su calidad de instigador y al grado de participación que haya tenido en su comisión”.
Y más aún, “las penas de prisión y multa señaladas se aumentarán hasta en una mitad más respecto de los mínimos y máximos establecidos, cuando el mensaje esté dirigido a niñas, niños o adolescentes, se difunda en centros escolares, culturales o recreativos, o se relacione con la promoción explícita de grupos delictivos organizados”.
También se debe recordar que este es un delito que se persigue de oficio, es decir, que no requiere la presentación formal de una denuncia ante la Fiscalía General del Estado, pues en la ley se señala:
“El presente delito se perseguirá por noticia criminal, sin necesidad de querella o denuncia previa”.